Resumen:
La seguridad humana es una conceptualización que en el año de 1994 aparece en el PNUD (Plan de desarrollo de las Naciones Unidas) integrando parte sustantiva del Informe sobre desarrollo humano, teniendo como base a siete perspectivas de la seguridad: Seguridad económica; Seguridad alimentaria; Seguridad de la salud; Seguridad ambiental; Seguridad personal; Seguridad de la comunidad; Seguridad política, todas ellas vinculadas con el ser humano, el cual, desde la perspectiva de los distintos marcos jurídicos que lo protegen, cuenta con todas los derechos y garantías que constituyen la base de su desarrollo individual; sin embargo, el contraste con la realidad respecto de las condiciones de desarrollo de la sociedad, en algunos contextos distan del deber ser establecido por los marcos jurídicos aplicables; contextos que demuestran que existen oportunidades de mejora en la planeación y sobre todo en la ejecución de las acciones del aparato público en favor del ser humano, para cumplir con lo establecido en el Informe mencionado.
El presente trabajo de investigación tiene el objetivo de demostrar la necesidad de la creación de un Consejo Nacional de Seguridad Humana que defina como propósito la atención integral del ser humano, considerando para ello a los marcos jurídicos vigentes que, como se mencionó en el anterior párrafo, ubican al ser humano como centro de su existencia.
La parte inicial contiene una revisión metodológica, la cual tiene como base a las partes sustantivas del protocolo de investigación para la construcción de un trabajo que tiene como objetivo, obtener el grado de Doctor en Derecho; para ello, en el primer capítulo, con base en un planteamiento, se define un problema con base en el cual, en el momento oportuno y a través de la hipótesis, se propone una solución al problema o a la multiplicidad de problemas que se generan por la ausencia de políticas públicas que deben atender las necesidades del ser humano, con base en las disposiciones normativas de carácter internacional. En el mismo marco metodológico se identifica el objetivo general y los objetivos específicos de la
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presente Tesis, tal y como se estableció en el Protocolo respectivo; el cual, durante el desarrollo deja claro para el suscrito que, los diagnósticos en materia de seguridad presentan una serie de necesidades por cumplir en favor del ser humano por parte del Estado.
En la segunda parte se integra un marco histórico el cual tiene como base al recorrido que se hace con base en una considerable cantidad de fuentes de información que permiten consolidar una visión respecto de la seguridad humana con poca trayectoria histórica en comparación con otras figuras jurídicas como el amparo u otras similares. El ejercicio que se hace al analizar los antecedentes de la seguridad humana, permite identificar a los países que en estos rubros tienen un avance significativo con respecto a México, cuyas aportaciones y/o experiencias pueden servir de base para considerar los beneficios que se pueden derivar de dichas prácticas, aunque no siempre los contextos con similares y por ende, los resultados tampoco. Sin duda que conocer la historia implica enriquecer la visión respecto de determinados usos y costumbres que pueden compararse desde un mismo objeto de estudio en dos perspectivas, la construcción anterior y la presente, y con base en los resultados de la aplicación del método comparativo proponer mejoras al o a los sistemas directamente vinculados.
En términos de la descripción del marco teórico y conceptual, en el tercer capítulo de esta Tesis, se analizan las aportaciones de la Teoría de Sistemas cuyo principal exponente es Niklas Luhman, quien considera que todo el desarrollo de un proceso y/o de un procedimiento, está inmerso en un sistema o subsistema; y para el caso de las seguridad humana, al observársele como una propuesta para proteger de manera más integral a los derechos humanos, es posible que dicha propuesta sea válida a partir de que se le considere como un sistema a integrarse a un macro sistema jurídico, el cual es la base para la subsistencia del Estado de Derecho.
La revisión de las fuentes de información respecto a la seguridad humana, implica un interesante trabajo que además es complejo dada la cantidad de aportaciones teóricas, conceptuales, referenciales que desde la doctrina también fortalecen al estado del arte o estado del conocimiento directa o indirectamente vinculado con la
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seguridad humana como concepto que puede convertirse en una figura jurídica de trascendente para la vida social de cualquier país.
Las normas jurídicas son y han sido desde tiempos ancestrales, los medios a través de los cuales, las distintas sociedades del mundo, experimentan equilibrio durante su desarrollo, y las sociedades y comunidades de México son parte sustantiva de cada uno de los países miembros de la Organización de las Naciones Unidas, experimentan una serie de realidades que no son específicamente vinculadas con el equilibrio social, y tampoco experimentan tazas de crecimiento generalizado a la alza, sino que en algunas ocasiones experimentan estancamiento y en otras, viven inmersas en altos índices de violencia y/o de delincuencia; escenarios que consolidan a los contextos sociales que pueden servir de base para proponer la existencia de normas jurídicas que sean tendientes a mejorar la calidad de vida de la generalidad de los seres humanos y para ello es pertinente reforma a la norma jurídica con el objetivo de mejorar de manera sustantiva a la calidad de vida de los individuos que habitan nuestro país. Por ello, en el capítulo cuarto, se analizan los artículos de distintas leyes que se relacionan directa e indirectamente con la seguridad humana que propone el PNUD-ONU, sugerencia que integra la posibilidad de que los mexicanos puedan disminuir los índices de violencia y/o de delincuencia que actualmente experimentan como sociedad, factores que provocan hostilidades, desapariciones, altas tazas delictivas, concentraciones masivas, etc., aunado a estas características de la sociedad, existe una cantidad de normas jurídicas que no están siendo aplicadas de manera efectiva con grandes mejoras sociales, siendo esta y otras características de la sociedad mexicana actual, la base sobre la cual se puede proponer cambios sustantivos a la norma jurídica para beneficiar a la sociedad en términos de equilibrio de manera más efectiva.
En la última parte de esta Tesis, desde una prospectiva posible acerca de la seguridad humana, se construye una visión general, la cual es posible a partir de la colaboración específica de las instituciones públicas articuladas, las cuales pueden ser organizadas a partir de la existencia de un marco jurídico integral y proteccionista de la seguridad humana a través de un organismo que puede existir
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en los tres ámbitos de gobierno, con atribuciones específicas y metas institucionales de sustantiva utilidad social, las cuales pueden reflejarse en la disminución de los índices de las expresiones violentas y/o delictivas como factores que proyectan el inconsciente colectivo el cual constituye la base para que el Estado, en cualquiera de sus órdenes de gobierno, tome decisiones que pueden afectar severamente a los derechos humanos o a las garantías individuales o a la seguridad humana, una de esas decisiones es la contratación de la deuda que afecta severamente y para siempre al crecimiento económico de la sociedad lo cual acentúa fenómenos sociales como la pobreza económica y la desigualdad social, entre otros que son particularmente lesivos, retrógrados y violentos.
Se cierra el trabajo de investigación con dos partes finales, las conclusiones, las cuales contienen las ideas centrales más trascendentales de cada uno de las partes sustantivas del trabajo de investigación y por otro lado, aunque no es la parte más obligada de un trabajo de esta naturaleza, si es pertinente puntualizar que se genera una propuesta con base en la adición de un párrafo en el artículo 26 Constitucional para crear órgano responsable de salvaguardar la seguridad humana en los tres órdenes de gobierno en nuestro país.
Descripción:
Los métodos y las técnicas de investigación son instrumentos trascendentes para realizar un trabajo de investigación dado que son los pilares fundamentales con base en los cuales se desarrollan los argumentos escritos a través de los cuales se construyen convicciones y de sustentan posturas, además que ambas herramientas de la investigación permiten profundizar en el área del conocimiento accediendo ordenes cognitivos no planeados; por ello, la metodología de forma y de fondo son partes esenciales en todo trabajo de investigación. Sin duda que existen investigaciones que se han desarrollado mayormente con base en métodos de investigación los cuales tienen como base a las fuentes formales del Derecho y las técnicas que también implican un importante acercamiento a las fuentes reales del Derecho, la cuales es posible integrarlas a partir de dos formas, construyéndolas o incluyendo las proporcionadas por entes del Estado o independientes de él pero que tiene como uno de sus principales objetivos de su existencia, el analizar los fenómenos sociales a través de las técnicas de investigación para conocer de manera más precisa el comportamiento del o los fenómenos en estudio y en su caso, proponer mejoras desde distintos enfoques.
Primera
Identificar los antecedentes a través del método histórico respecto de cualquier tópico jurídico, permite conocer los hechos más relevantes de la seguridad humana en las distintas latitudes del planeta; dicho ejercicio de investigación también permite aplicar el método comparativo, el cual permite identificar el presente objeto de estudio, desde una retrospectiva y a la vez desde una perspectiva actual, precisando cómo eran los contextos y las realidades sociales anteriores en términos de la seguridad humana y contrastar con las actuales desde la perspectiva de la dignidad humana, los derechos humanos, las garantías individuales y la seguridad humana y sus siete rubros, permitiéndonos este ejercicio consolidar una visión y proponiendo bases para incluir una propuesta viable, tangible y sobre todo que pueda proteger de manera integra a la dignidad humana.
Segunda
Después del recorrido histórico de los hechos vinculados con la seguridad humana, sin duda alguna que urge al Estado Mexicano integrarse de manera más precisa, no solo a través de la puesta en vigencia de las normas jurídicas congruentes con las políticas de carácter internacional, sino que también es urgente que se dé efecto práctico a las normas jurídicas internas a efecto de salvaguardar de manera integra a la dignidad y a los derechos humanos centrando la atención en el ser humano como eje rector de las políticas públicas del aparato público y no viceversa.
Tercera
El marco conceptual, teórico y referencia que contiene el estado del arte, proporciona al investigador la posibilidad de construir una perspectiva dialógica entre los exponentes que interactúan en torno a la teoría de sistemas y sus elementos sustantivos; igualmente, los conceptos, las referencias y las definiciones vinculadas de manera directa y/o indirecta con el tema de la seguridad humana como tópico central de esta Tesis Doctoral. No es posible integrar un marco teórico plenipotenciario y omnipotente, sino que, considero que es pertinente incluir los elementos sustantivos desde la perspectiva teórica que de manera completa, pueda sostener una propuesta como la que sustenta o soporta esta Tesis Doctoral en términos de crear un consejo de se seguridad humana con presencia en los tres órdenes de gobierno.
Cuarta
La norma en general ha sido, desde épocas ancestrales la forma en cómo el ser humano ha logrado organizarse para mejorar la calidad de vida de los individuos que conforman las diversas comunidades de los distintos países del mundo, en este sentido es pertinente considerar que, el nivel de vida de los habitantes de cualquier sociedad o comunidad de cualquier parte el mundo, tiene como base a la corresponsabilidad, es decir, que no solo al aparato público, es decir, a los órganos del Estado les corresponde cuidar el desarrollo de cada comunidad, sino que también el acceso al conocimiento lo tienen todos los seres humanos, desde esta convicción se expresa que también los seres humanos de cualquier latitud del mundo tienen la responsabilidad personal de aprender nuevas cosas todos los días, de lo contrario, solo se fortalecerá el estancamiento individua, familiar, comunitario y/o social; es decir, que ninguna norma social puede cumplir plenamente con su objetivo sin la participación de la sociedad; para confirmar esta aseveración es suficiente hacer uso del método comparativo en términos de la salud; es decir, que no es suficiente que la norma jurídica sanitaria esté prevista, declarada en la respectiva ley y además vigente, sino que ésta norma no va a tener ningún efecto en la salud de la sociedad, si la madre del niño no lo trae para que el representante del Estado, este caso, garante de la salud, sea el médico o la enfermera que le aplique la vacuna, entonces la salud pública se pone en riesgo; en el caso de la seguridad humana, sucede lo mismo, sino existe la participación activa de la sociedad, estimulada por el Estado con base en el conocimiento específico, los mejores y más integrados cuerpos normativos no tendrán ningún efecto social; por lo tanto, el conocimiento y la acción de la sociedad para efectos del fortalecimiento de la cultura de la seguridad humana y sus mejores prácticas, son elementos sustantivamente necesarios como pilares del desarrollo integral de las sociedades y una parte sustantiva en estos procesos, tiene como pilar fundamental a la norma jurídica efectiva.
Quinta
Los ejercicios proyectivos generalmente tienen como base a los objetivos y las metas y para lograrlos es pertinente el establecimiento de las estrategias y líneas de acción necesarias, independientemente del área del conocimiento de que se trate. Las posibilidades de que exista el Consejo de Seguridad Humana como un organismo público cuya función sustantiva sea el fortalecimiento y la defensa de todos los rubros de la seguridad humana en beneficio del ser humano con base en la propuesta integrada en el PNUD – ONU; también puede ser considerado como parte importante en el marco jurídico internacional pudiendo otorgar beneficios directos a las comunidades y a la sociedad y al país que decida poner en vigencia normas jurídicas vinculantes con la sociedad y con miras a la protección integral de los derechos humanos y a las garantías individuales, incluyendo para ello, el conocimiento significativo de los conceptos de la seguridad humana y en general de la dignidad humana.