Resumen:
El presente trabajo de investigación tiene como objeto de estudio analizar la
caducidad de la instancia desde un punto de vista crítico, en el cual se evidencie
que es una figura que no protege el derecho a la impartición de justicia pronta, lo
cual se refleja en su inadecuada aplicación en la práctica jurídica, razón por la cual
resulta viable su extinción del sistema jurídico mexicano, pues como se desarrollará
a lo largo del trabajo, esta figura jurídica es una forma atípica de terminar un proceso
judicial, sin embargo en algunos casos resulta perjudicial para las partes decretarla,
pues esto da pauta a que las partes tengan que volver a empezar un juicio a pesar
de que aún tengan interés en continuar con el juicio ya existente, lo cual provoca
retrasos en la administración de justicia que desean obtener y les causan
afectaciones económicas, aunado a que esto trae como consecuencia que los
órganos jurisdiccionales se vean saturados al tener que iniciar diversos expedientes
sobre el mismo juicio que puedo resolverse en un procedimiento preexistente.
Ahora bien, para el desarrollo de este análisis, se estudiarán las generalidades y
naturaleza de la figura jurídica a estudiar, así como del derecho de impartición de
justicia pronta, para determinar en primer lugar su relación y posteriormente la
contradicción entre ambos conceptos que han sido creados con la finalidad de
salvaguardar los derechos procesales de las partes, es por ello que también se
analizarán las legislaciones adjetivas en materia civil que contribuyan a demostrar
que la caducidad de la instancia es contraria al derecho antes mencionado, y que al
ser aplicada en al caso en concreto su protección no es integral.
Finalmente, con la información recabada se procederá a realizar el estudio del caso
práctico en los cuales resultó evidente que las partes de un proceso judicial
resultaron agraviadas cuando se decretó la caducidad de la instancia en sus
expedientes judiciales, pues tras dicha determinación se vieron en la obligación de
iniciar un nuevo proceso judicial retrasando así que obtuvieran una resolución que
garantizara la solución a su litigio y la protección integral del derecho a la impartición
de justicia pronta, para sí poner en evidencia que no es una figura que lo proteja,
pues su aplicación lo contraviene.