Resumen:
Distintos países e instrumentos internacionales han incorporado el derecho a vivir en
un medio ambiente sano como un auténtico derecho humano que entraña la facultad
de toda persona de exigir la protección efectiva del medio ambiente en el que se
desarrolla, México no ha sido la excepción. Sin embargo, es una realidad que los
poderes federales Judicial y Legislativo de nuestro país se han quedado cortos en
temas que promuevan la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente
para garantizar una tutela efectiva del derecho humano a un ambiente sano en México.
Aunado a la problemática que desde sus orígenes hasta la actualidad ha enfrentado
el derecho humano a un ambiente sano en México, se enfrenta también a la falta de
voluntad para completar la institucionalidad ambiental en México, la cual hoy carece
de una herramienta fundamental en su concepción: el poder sancionador
especializado en materia ambiental, en gran medida por el sistemático funcionamiento
deficiente, no sólo del Poder Judicial Federal, sino también del Poder Legislativo para
establecer una ley adjetiva, tribunales ambientales o una ley penal ambiental que
pueda incidir en la disminución de la conducta lesiva al ambiente.
Lo anterior, además de generar una ineficiente tutela del derecho humano a un medio
ambiente sano y un complicado acceso al mismo, también genera en la sociedad un
grado de incertidumbre e inseguridad al no contar con los medios jurisdiccionales
propios que garanticen la impartición de justicia ambiental pronta, expedita y gratuita,
así como el personal calificado que, con su actuar, evite posibles antinomias en la
aplicación de la legislación correspondiente y en las resoluciones que adopte en
materia ambiental.
El tema de la protección, preservación y mejoramiento del medio ambiente nos lleva a
la concepción del rol del Estado y del Derecho que implica dejar de lado los
paralelismos jurídicos para actuar dentro de una estructura estatal e institucional
integral con base en el respeto al derecho humano a un medio ambiente sano y la
obligación de establecer los medios jurisdiccionales que hagan efectiva su tutela.
Los tribunales ambientales, además de asegurar la existencia de una ley procesal,
deben permitir a los ciudadanos el acceso a la justicia y al debido proceso, como
garantía procesal, para asegurar la tutela efectiva de su derecho humano a un medio
ambiente sano, al tiempo que debe permitir e incluso fomentar la participación en la
toma de decisiones ambientales por parte de todos los actores de la sociedad, noción
fundamental de la justicia y esencia determinante de un verdadero Estado
Democrático, de un verdadero Estado de Derecho, razón por la cual el Estado
Mexicano debe atender el inadecuado diseño actual de la parte de nuestro
ordenamiento jurídico ambiental así como la institucionalidad ambiental que ha dejado
inconclusa durante mucho tiempo, asumiendo desde ya, de manera responsable, su
obligación de crear tribunales ambientales, con competencia exclusiva e
independencia funcional, para que, con su actuar, contribuyan al buen funcionamiento
de la sociedad en la toma de decisiones y en su culturización ambiental, todo ello en
beneficio propio